Resolución N° 193/18/0116
Nro de Expediente:
2016-1238-98-000042
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/8/2018


Tema:
DEJAR SIN EFECTO MULTA

Resumen:
Se deja sin efecto la Resolución Nº 142/18/0116 del 11/VII/18 por la que se aplicó una multa de 15 U.R. a Nanira S.A., propietaria del establecimiento destinado a estación de servicio, sito en la calle Humberto Primero Nº 3862, por carecer de la habilitación del Servicio de Locales Comerciales e Industriales.

Montevideo, 24 de Agosto de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a estación de servicio, sito en la calle Humberto Primero Nº 3862, propiedad de Nanira S.A., RUT 217660200012;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 142/18/0116 del 11/VII/18 se aplicó una multa de 15 U.R. por carecer de la habilitación del Servicio de Locales Comerciales e Industriales;
        2º) que la interesada presenta nota aduciendo que la habilitación se presentó el día 15/VI/18 y se hicieron observaciones y luego de levantarlas se presentó el día 12/VI/18, por lo que solicita se revea la multa impuesta;
        3º) que dado que se puso interés de parte de la propietaria de presentar la habilitación en tiempo y forma, se entiende pertinente dejar sin efecto el citado acto administrativo;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 142/18/0116 del 12/VII/18 por la que se aplicó una multa de 15 U.R. (quince unidades reajustables) a Nanira S.A., RUT 217660200012, propietaria del establecimiento destinado a estación de servicio, sito en la calle Humberto Primero Nº 3862.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL