Resolución N° 103/23/0116
Nro de Expediente:
2021-1238-98-000052
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/6/2023


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 20 U.R. a la empresa Chic Parisien S.A, propietaria del establecimiento destinado a venta de prendas de vestir, sito en la Avda. Italia Nº 4280 local 119, por falta de habilitación municipal (Locales Comerciales e Industriales).

Montevideo, 9 de Junio de 2023.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a venta de prendas de vestir, sito en la Avda. Italia Nº 4280, local 119 (Shopping Plaza Italia), propiedad de la empresa Chic Parisien S.A, RUT 210 327 080 019;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con habilitación municipal (Locales Comerciales e Industriales), por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 20 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 14º, Sección XIII, del Decreto Nº 21.626;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a la empresa Chic Parisien S.A, RUT 210 327 080 019, propietaria del establecimiento destinado a venta de prendas de vestir, sito en la Avda. Italia Nº 4280, local 119 (Shopping Plaza Italia), con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
IGNACIO UBILLA,ALCALDE (I).-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL