Resolución N° 194/18/0116
Nro de Expediente:
2016-0016-98-000091
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/8/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 45 U.R. a la empresa unipersonal Marcelo Clavelli Carrera, propietaria del establecimiento destinado a taller mecánico, sito en la calle Pedro Cosio Nº 1993, por carecer de la Habilitación Comercial (Declaración Jurada de Residuos Sólidos no Domiciliarios), 3ra. Reincidencia.

Montevideo, 24 de Agosto de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a taller mecánico, sito en la calle Pedro Cosio Nº 1993, propiedad de la empresa unipersonal Marcelo Clavelli Carrera, C.I. Nº 1.942.923-9, RUT 100528140015;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con la habilitación comercial (declaración jurada de residuos sólidos no domiciliarios), 3ra. Reincidencia, por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de 45 U.R, en virtud de lo dispuesto por los Arts. 14º y 22º, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 45 U.R. (cuarenta y cinco unidades reajustables) a la empresa unipersonal Marcelo Clavelli Carrera, C.I. Nº 1.942.923-9, RUT 100528140015, propietaria del establecimiento destinado a taller mecánico, sito en la calle Pedro Cosio Nº 1993, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL