Resolución N° 23/23/0116
Nro de Expediente:
2022-3290-98-000096
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/2/2023


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 15 U.R. a la empresa Roselli y Venturino S.R.L, Barraca La Cruz de Carrasco, sito en Cno. Carrasco Nº 5444, por falta de habilitaciones municipales (Habilitación Comercial, Viabilidad de Uso, DJRSND o ECCA, DNB).

Montevideo, 1 de Febrero de 2023.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la Barraca La Cruz de Carrasco, sito en Cno. Carrasco Nº 5444, propiedad de la empresa Roselli y Venturino S.R.L, R.U.T. 210 212 750 011;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con las habilitaciones municipales correspondientes (Habilitación Comercial, Viabilidad de Uso, DJRSND o ECCA, DNB), por lo que se intimó a presentar comprobante de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 15 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección XII, Art. 14, inc. a);
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 15 U.R. (quince unidades reajustables) a la empresa Roselli y Venturino S.R.L, R.U.T. 210 212 750 011, propietaria de la Barraca La Cruz de Carrasco, sito en Cno. Carrasco Nº 5444, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

WALTER RIVERO,CONCEJAL