Resolución N° 163/16/0116
Nro de Expediente:
3270-002664-12
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/8/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar multa U.R 15 por falta de Habilitaciones Municipales ( Locales e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) al establecimiento destinado a pizzeria, sito en Camino Carrasco Nº4220 propiedad de la Empresa Unipersonal Carlos Barboza, C.I. 1.960.388-5, R.U.T. 215004410018

Montevideo, 18 de Agosto de 2016.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a pizzería, sito en Camino Carrasco Nº 4220, propiedad de la empresa unipersonal Carlos Barboza, C.I. 1.960.388-5, R.U.T. 215004410018, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal N° 6, se pudo comprobar que carecía de las Habilitaciones Municipales (Locales Comerciales e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas), intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado el trámite correspondiente o haber terminado el mismo;
        2o.) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 15 a la empresa titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la empresa unipersonal Carlos Barboza, C.I. 1.960.388-5, R.U.T. 215004410018, con domicilio a los efectos legales en Camino Carrasco Nº 4220, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL