Resolución N° 209/14/0116
Nro de Expediente:
5231-0131033-13
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/7/2014


Tema:
MULTA - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 2 a ls Sres. José Pedro y Gerardo Parafita Álvarez, C.I. 1.722.836-4 y 1.812.646-2 respectivamente, propietarios de la finca sita en la Avda. Italia Nº 4617, por vertimiento de aguas servidas en la vía pública.-

Montevideo, 10 de Julio de 2014.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con los propietarios de la finca sita en la Avda. Italia N° 4617, Sres. José Pedro y Gerardo Parafita Álvarez, C.I. 1.722.836-4 y 1.812.646-2 respectivamente, con domicilio a los efectos legales en la calle Mercedes Nº 1485 Apto. 101;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6, se pudo comprobar que se arrojaron aguas servidas en la vía pública, notificando a los infractores que se le otorga un plazo para presentar los descargos correspondientes en el mencionado Servicio;
        2o.) que con fecha 10/IV/14 se presentaron descargos en los cuales manifiestan haber dado solución al vertimiento de aguas servidas.
        3o.) que con fechas 14/V/14 y 19/V/14 se comprueba el incumplimiento de lo intimado, por lo cual se solicita la aplicación de una multa de U.R. 2 a los titulares de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 25437, art. 6, inc. 21;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 2 (Unidades Reajustables dos) a los Sres. José Pedro y Gerardo Parafita Álvarez, C.I. 1.722.836-4 y 1.812.646-2 respectivamente, con domicilio a los efectos legales en la calle Mercedes No. 1485 Apto. 101, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a los infractores y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

CARLOS SALAVERRY,CONCEJAL (I)