Resolución N° 191/20/0116
Nro de Expediente:
2020-3290-98-000017
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/11/2020


Tema:
MULTA FALTA DE HIGIENE

Resumen:
Se aplica una multa de 1 U.R. a los Sres. Enrique Rodolfo y Jorge Ramón Penades Mintegui y a la Sra. Mariana Valentina Mintegui, propietarios del terreno ubicado en la calle Mariano Uriarte Nº 6043, Padrón Nº 636677, por encontrarse el mismo en malas condiciones de higiene.-

Montevideo, 11 de Noviembre de 2020.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el predio ubicado en la calle Mariano Uriarte Nº 6043, Padrón Nº 636677, propiedad de los Sres. Enrique Rodolfo Penades Mintegui, C.I 1.241.237-2, Jorge Ramón Penades Mintegui, C.I 1.555.083-2 y Mariana Valentina Penades Mintegui, C.I 1.241.236-3;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho predio se encuentra en malas condiciones de higiene, por lo que se intimó su regularización;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado, correspondería aplicar una multa de 1 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 4º, inc. b, numeral 19, Sección II del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 respectivamente;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 1 U.R. (una unidad reajustable) a los Sres. Enrique Rodolfo Penades Mintegui, C.I 1.241.237-2, Jorge Ramón Penades Mintegui, C.I 1.555.083-2 y Mariana Valentina Penades Mintegui, C.I 1.241.236-3, propietarios del predio ubicado en la calle Mariano Uriarte Nº 6043, Padrón Nº 636677 y domiciliados en la Av. Gral Rivera Nº2476 ap. 1001, Santiago Vazquez Nº1115 y Havre Nº2021 respectivamente, por falta de higiene.
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de las sumas adeudadas dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a los infractores y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL