Resolución N° 20/20/0116
Nro de Expediente:
2017-3270-98-000109
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/1/2020


Tema:
MULTA FALTA DE HIGIENE

Resumen:
Se aplica una multa de 1 U.R a la Sra. María Antonieta Arizmendi Núñez, propietaria del predio Padrón Nº 65451, sito en la calle Alejandro Gallinal Nº 2245, por falta de limpieza y mantenimiento.

Montevideo, 22 de Enero de 2020.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el predio empadronado con el Nº 65451, ubicado en la calle Alejandro Gallinal Nº 2245, perteneciente a la Sra. María Antonieta Arizmendi Núñez, C.I Nº 1.616.975-9, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar dicho predio se encuentra en malas condiciones de limpieza, por lo que se intimó a regularizar la situación;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado, correspondería aplicar una multa de 1 U.R según Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y los descargos presentados no fueron de recibo;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 1 U.R (una unidad reajustable) a la Sra. María Antonieta Arizmendi Núñez, C.I Nº 1.616.975-9, propietaria del predio empadronado con el Nº 65451, ubicado en la calle Alejandro Gallinal Nº 2245, por falta de limpieza.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de las sumas adeudadas dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL