Resolución N° 161/17/0116
Nro de Expediente:
2016-1224-98-000018
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/7/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 10 U.R. a la empresa unipersonal Modesto Barreiro, propietaria del establecimiento destinado a carpintería, sito en la calle Pedro Ricaldoni Nº 3788, por carecer de las habilitaciones correspondientes a los Servicios de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y de Salubridad Pública.

Montevideo, 12 de Julio de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a carpintería, sito en la calle Pedro Ricaldoni Nº 3788, propiedad de la empresa unipersonal Modesto Barreiro, C.I. Nº 1.290.688-6, RUT 210230570011;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con las habilitaciones correspondientes a los Servicios de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y de Salubridad Pública, por lo que se intimó a presentar los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado, correspondería aplicar una multa de 10 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 14º, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables) a la empresa unipersonal Modesto Barreiro, C.I. Nº 1.290.688-6, RUT 210230570011, propietaria del establecimiento destinado a carpintería, sito en la calle Pedro Ricaldoni Nº 3788, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE .-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL