Resolución N° 159/16/0116
Nro de Expediente:
3270-006929-13
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/8/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar multa de U.R 15 por falta de Habilitaciones Municipales (Locales Comerciales) - 2da Reincidencia, al establecimiento destinado a cochera sito en la calle Hipólito Irigoyen Nº2040 bis propiedad de la Empresa Unipersonal Leticia Rodríguez, C.I. 4.559.430-1, R.U.T. 217326340014

Montevideo, 18 de Agosto de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Cochera, sito en la calle Hipólito Irigoyen Nº 2040 bis, perteneciente a la Empresa Unipersonal Leticia Rodríguez, C.I. 4.559.430-1 R.U.T. 217326340014, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 187/14/0116 de fecha 20/VI/2014 y Resolución No. 63/15/0116 de fecha 23/IV/2015), habiéndose realizado una nueva inspección por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 el día 09/XII/2015, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Locales Comerciales) - 2da. Reincidencia-;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 15 (segunda reincidencia) por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO E
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la Empresa Unipersonal Leticia Rodríguez, C.I. 4.559.430-1, R.U.T. 217326340014 responsable del establecimiento destinado a Cochera, sito en la calle Hipólito Irigoyen Nº 2040 bis, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 6.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL