Resolución N° 127/15/0116
Nro de Expediente:
3280-004364-11
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/6/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.10 al local destinado a rotisería, ubicado en la Avda. Gra. José María Paz N° 1440, Local 001, perteneciente a la firma Lonils S.R.L., 3° Reincidencia.-

Montevideo, 11 de Junio de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7, relacionadas con el establecimiento destinado a rotisería, sito en la Avda. Gra. José María Paz Nº 1440, Local 001, perteneciente a la firma Lonils S.R.L., R.U.T. 216217850013, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resoluciones Nos. 312/11/0116 de fecha 6/X/11, 188/12/0116 de fecha 27/IX/12 y 28/13/0116 de fecha 20/II/2013), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Habilitación Municipal - Locales) - 3ª Reincidencia;
        2o) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 a la firma titular de obrados, por infracción al Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma Lonils S.R.L., R.U.T. 216217850013, destinada a rotisería, sito en la Avda. Gral. José María Paz No. 1440, Local 001, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
MARÍA ELENA GODOY,ALCALDESA.-

MILTON BADANO,CONCEJAL (I)