Resolución N° 177/16/0116
Nro de Expediente:
2016-0450-98-000006
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/8/2016


Tema:
AUTORIZACIÓN DE MESAS Y SILLAS

Resumen:
Autorizar a la empresa unipersonal Alejandro Val Gómez, C.I. 2.820.563-8, R.U.T. 214722580013 destinada al rubro de gastronomía a instalar mesas y sillas en acera sin entarimado, ocupando 17 m2 con mesas y sillas sin entarimado.-

Montevideo, 26 de Agosto de 2016.-
 
        VISTO: Las presentes actuaciones relacionadas con la colocación de mesas y sillas en la vía pública sin entarimado;
        RESULTANDO: 1) Que la empresa unipersonal Alejandro Val Gómez, R.U.T. 214722580013, C.I. 2.820.563-8, propietaria del establecimiento que gira en el ramo de gastronomía en el local de la calle Francisco Simón Nº 2199, con domicilio a los efectos legales en la calle Cardal Nº 3165, presentó solicitud ante el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6, para que se la autorice a instalar mesas y sillas sin entarimado en la vía pública, ocupando 17 metros cuadrados;
        2) Que, según informa el mencionado Servicio, la nombrada debería pagar mes a mes, como contraprestación, el importe de U.R. 8.5 (Unidades Reajustables ocho con cinco).
        CONSIDERANDO: 1) Que la petición se ajusta a las previsiones del Tít. I, Cap. II, Secc. VII -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS, SILLAS Y BANCOS EN LAS ACERAS”- del Lº X, Parte Legislativa, del Vol. X del Digesto Departamental, y del Capítulo IX -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS Y SILLAS CON O SIN ENTARIMADO EN LAS ACERAS Y CALZADAS”- del Tít. III de su Parte Reglamentaria;
        2) Que en tal sentido se ha pronunciado el Sector Arquitectura del citado Servicio, quien recomienda hacer lugar a lo solicitado;
        3) Que la suma relacionada en el Resultando 2) es correcta, estableciendo el art. R.1288.43, lit. a), del cit. Vol. X del Digesto Departamental, y el art. 332, lit. a), del TOTID, que por la instalación de mesas y sillas en la acera y sin entarimados, se abonará mensualmente el importe de U.R. 0,5 por metro cuadrado;
        4) Que se estima conveniente disponer que el pago de los derechos se haga efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes;
        5) Que el Gobierno Municipal E ha prestado su conformidad al progreso de la petición en examen;
        6) Que los Gobiernos Municipales se encuentran provistos de competencia para decidir solicitudes como la de autos, de acuerdo con la Ley Nº 18.567 y los Decretos Departamentales Nos. 33.209 y 33.322 y, especialmente, el núm. 1º, ap. VIII, de la Resolución Nº 3642/10, de 9 de agosto de 2010;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1.- Autorizar con carácter precario y revocable a la empresa unipersonal Alejandro Val Gómez, R.U.T. 214722580013, C.I. 2.820.563-8, a instalar mesas y sillas sin entarimado en la vía pública, ocupando 17 metros cuadrados, frente al local de la calle Francisco Simón Nº 2199, donde se ubica el establecimiento de su propiedad, que gira en el rubro gastronómico, con domicilio a los efectos legales en la calle Cardal Nº 3165.
        2.- Fijar en la suma de U.R. 8.5 (Unidades Reajustables ocho con cinco), el importe a pagar en concepto de derechos de ocupación, que se hará efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes;
        3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones y al Servicio Central de Inspección General; y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6 para la notificación a la empresa interesada y demás efectos.
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL