Resolución N° 152/17/0118
Nro de Expediente:
2016-3350-98-000714
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/9/2017


Tema:
MULTA POR FALTA DE HIGIENE

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 25 (Unidades Reajustables Veinticinco) por falta de limpieza y otra de U.R.4 (unidades reajustables cuatro) por falta de cerco reglamentario en el padrón Nº49905 sito en Cno. Máximo Santos Nº5135, perteneciente a la Cooperativa de Obreros y Empleados del Transporte Público (coetc) Nº R.U.T.210290450012 con domicilio a los efectos legales en Avda. 8 de Octubre Nº3462 .-

Montevideo, 13 de Setiembre de 2017.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de limpieza y cerco reglamentario en el padrón Nº49905 sito en Cno. Máximo Santos Nº5135, perteneciente a la Cooperativa de Obreros y Empleados del Transporte Público (Coetc) Nº R.U.T.210290450012 con domicilio a los efectos legales en Avda. 8 de Octubre Nº3462;
      RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Inspección General del Municipio G, intimó al titular de estos obrados, a realizar los trabajos necesarios para el cercamiento y la limpieza del terreno antes mencionado, otorgándole los plazos correspondientes bajo apercibimiento que en caso de omisión se le aplicaría una multa de U.R. 25 (unidades reajustables veinticinco) por falta de limpieza y una de U.R.4 (unidades reajustables cuatro) por falta de cerco reglamentario, según lo establece el Decreto 21626 y 34134;
      2º) que el Concejo Municipal se manifiesta de conformidad;
      CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resolución Nº. 3230/15;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO G
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 25 (Unidades Reajustables Veinticinco) por falta de limpieza y otra de U.R.4 (unidades reajustables cuatro) por falta de cerco reglamentario en el padrón Nº49905 sito en Cno. Máximo Santos Nº5135, perteneciente a la Cooperativa de Obreros y Empleados del Transporte Público (coetc) Nº R.U.T.210290450012 con domicilio a los efectos legales en Avda. 8 de Octubre Nº3462 .-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden al Despacho de este Municipio para notificación correspondiente y al Centro Cívico Metropolitano Sector Inspección General para su posterior control.-
Gastón Silva,Alcalde .-

Bolivar Dutra,Concejal