Resolución N° 159/20/0118
Nro de Expediente:
2020-3350-98-000205
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/12/2020


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) por falta de Declaración de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios, una de U.R. 3 (unidades reajustables tres) por fata de Habilitación de Microemporesa y una de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) por falta de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, al Sr. Matías González, C.I. 4.836.939-5, con domicilio a los efectos legales en Pasteur 4833.-

Montevideo, 23 de Diciembre de 2020.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de habilitaciones del local comercial, rubro leñera, sita en Pasteur 4833, perteneciente al Sr. Matías González, C.I. 4.836.939-5, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1º) que el Sector Inspección General del Municipio G, informa que se notificó que se aplicaría una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) por falta de Declaración de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios, una de U.R. 3 (unidades reajustables tres) por fata de Habilitación de Microempresa y una de U.R.5 (unidades reajustables cinco) por falta de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, según Dec. 21626;
      2º) que no se presentaron descargos dentro del plazo otorgado y que no se dio cumplimiento a lo intimado;
      CONSIDERANDO: 1º) que el Concejo Municipal estima pertinente el dictado de Resolución en tal sentido;
      2º) las competencias asignadas por Resolución Nro. 3230/15 del 8/7/15;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.20 (unidades reajustables veinte) por falta de Declaración de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios, una de U.R. 3 (unidades reajustables tres) por fata de Habilitación de Microempresa y una de U.R.5 (unidades reajustables cinco) por falta de habilitación de la D.N.B, perteneciente al Sr. Matías González, C.I:.4.836.939-5, con domicilio a los efectos legales en Pasteur 4833.-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas
      sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Notificaciones del Municipio G, a efectos de realizar la notificación correspondiente, cumplido librar testimonio de Multa y pase al Centro Cívico Metropolitano, Sector Inspección General para su posterior control.-
Leticia de Torres, Alcaldesa .-

Alejandro Silva,Concejal