Resolución N° 157/17/0118
Nro de Expediente:
2017-1815-98-000004
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/9/2017


Tema:
MULTA POR FALTA DE HABILITACIONES MUNICIPALES

Resumen:
Cyber Café Eduardo Raíz 1923 Bis. Multas por falta de Habilitación Comercial y de la Dirección Nacional de Bomberos

Montevideo, 20 de Setiembre de 2017.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa Susana Beatríz Roullier Lima, RUT: 216080900010, sita en la calle Eduardo Raíz Nº 1923 Bis, con igual domicilio a los efectos legales, en la cual se constató la falta de Habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos;

      RESULTANDO: 1º) que el Sector Inspección General del Municipio G, intimó a la presentación de las mencionadas habilitaciones;
      2º) que no se dio cumplimiento a lo intimado;
      3º) que se notificó que se aplicaría una multa de U.R 3 (unidades reajustables tres) por falta de Habilitaciones Municipales y otra de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) por falta de Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos.

      CONSIDERANDO: 1º) lo estipulado en el regimen punitivo Dec. 21626;
      2º) que el Gobierno Municipal estima pertinente el dictado de Resolución en tal sentido;

      3º) las competencias asignadas por Resolución Nro. 3230/15 del 8/7/15;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 3 (unidades reajustables tres) por falta de Habilitaciones Municipales y otra de U.R 5 (unidades reajustables cinco) por falta de Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, a la empresa Susana Beatríz Roullier Lima RUT: 216080900010, con domicilio a los efectos legales en Eduardo Raíz Nº 1923 Bis .-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese al Servicio de Gestión de Contribuyentes, Sector Multas y pase por su orden al Despacho de este Municipio para realizar la notificación correspondiente, cumplido al Sector Inspección General para su seguimiento y control.
Gastón Silva,Alcalde .-

Bolivar Dutra,Concejal