Resolución N° 166/14/0118
Nro de Expediente:
3350-008875-12
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/11/2014


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 16 (Unidades Reajustables dieciséis) por no dar cumplimiento a lo intimado, a la Sra. Estella Lilian Rodríguez C.I. Nº 1998663-3, con domicilio a los efectos legales en Bvar. José Batlle y Ordoñez 5339

Montevideo, 12 de Noviembre de 2014.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el expediente 3350-008875-12, en el cual figura a fojas 34 una inspección técnica, donde se solicita a la Sra. Estella Lilian Rodríguez C.I. Nº 1998663-3, con domicilio a los efectos legales en Bvar Batlle y Ordoñez 5339, se realicen una serie de modificaciones para la habilitación del local comercial sito en Avda. De Las Instrucciones Nº 1140;
      RESULTANDO: 1º) que realizada la inspección técnica, la misma arroja observaciones que no han sido aun levantadas;
      2º) que se intimo a la propietaria a levantar las mismas, bajo apercibimiento de aplicársele las multas correspondientes;
      3º) que al no dar cumplimiento a las intimaciones, se solicita se aplique una multa de U.R. 16 (Unidades Reajustables dieciséis) según Dec. 21626, Secc XIII, Art 14 Inc Núm 2.
      4º) que el Gobierno Municipal se manifiesta de conformidad en tal sentido;
      CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades Reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales según decreto 21.626 y 31.134;
      2º) que por las competencias asignadas por las Resoluciones Nº.: 3642/10 y Nº.: 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 16 (Unidades Reajustables dieciséis) por no dar cumplimiento a lo intimado, a la Sra. Estella Lilian Rodríguez C.I. Nº 1998663-3, con domicilio a los efectos legales en Bvar. José Batlle y Ordoñez 5339.-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Despacho del Municipio G, a efectos de realizar la notificación correspondiente y librar testimonio de Multa y al Centro Comunal Nº 13 para su posterior control.-
GASTÓN SILVA,ALCALDE.-

ANTONIO CORREA,CONCEJAL