Resolución N° 108/18/0118
Nro de Expediente:
2017-1815-98-000041
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/7/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Multa por falta de habilitaciones municipales y de DNB local Mueblería y Lavadero de Autos Garzón 1990.

Montevideo, 11 de Julio de 2018.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local de mueblería y lavadero de autos sito en Av. Garzón Nº 1990 , en el cual se constató la falta de Habilitación Comercial y de Dirección Nacional de Bomberos, perteneciente a la Asociación Civil Remar Uruguay, cuyo responsable es el Sr. Martín Alvarez Campanella, C.I. Nº 3.354457-9, con domicilio a los efectos legales en Av. Uruguay Nº 932;

      RESULTANDO: 1º) que el Sector Inspección General intimó a la presentación de las habilitaciones y se notificó que en caso de incumplimiento, se aplicaría una multa de U.R. 3 (unidades reajustables tres) por falta de Habilitación Comercial y una de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) por falta de Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, según Dec. 21626 ;
      2º) que no se dio cumplimiento a lo intimado;

      CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal estima pertinente el dictado de Resolución en tal sentido;
      2º) las competencias asignadas por Resolución Nro. 3230/15;

      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 3 (unidades reajustables tres) por falta de Habilitaciones Municipales y una de U.R.5 (unidades reajustables cinco) por falta de Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos al local de mueblería y lavadero de autos sito en Avda. Garzón Nº 1990, perteneciente a la Asociación Civil Remar Uruguay, cuyo responsable es el Sr. Martín Alvarez Campanella, C.I. Nº3.354547-9, con domicilio a los efectos legales en Av. Uruguay Nº 932.-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Despacho del Municipio G, a efectos de realizar la notificación correspondiente y librar testimonio de Multa y al Centro Cívico Metropolitano -Inspección General-, para su posterior control.-
Gaston Silva, Alcalde.-

Bolívar Dutra,Concejal