Resolución N° 109/23/0114
Nro de Expediente:
2020-3260-98-000684
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/6/2023


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) -primera reincidencia- a la firma CALDESBLEN S.A., R.U.T. 216557250012, responsable del local destinado a restaurante/marisquería sito en la Avda. Profesor Euclides Peluffo Nro. 1623, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 12 de Junio de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a restaurante/marisquería sito en la Avda. Profesor Euclides Peluffo Nro. 1623 propiedad de la firma CALDESBLEN S.A., R.U.T. 216557250012;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la multa aplicada (Resolución Nº 119/21/0114 de fecha 22/VII/2021), el sector inspectivo del CCZ Nro.5 pudo comprobar que carecía de la habilitación municipal (Locales Comerciales), intimándose a presentar en el mencionado Servicio con fecha 02/VII/2022 otorgando un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 (primera reincidencia), por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, de 23/IV/84, notificado con fecha 22/IV/2023;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) -primera reincidencia- a la firma CALDESBLEN S.A., R.U.T. 216557250012, responsable del local destinado a restaurante/marisquería sito en la Avda. Profesor Euclides Peluffo Nro. 1623, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Matilde Antia,Alcaldesa.-

Álvaro Maynard,Concejal