Resolución N° 188/18/0114
Nro de Expediente:
2018-3260-98-000544
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/8/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) y otra de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a la firma GOMEZ ALVAREZ GUILLERMO JAVIER, C.I.: 1.830081-4., R.U.T. 170245830011

Montevideo, 3 de Agosto de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a venta de artículos de aluminios sito en la Av. Rivera Nº 3706 propiedad de la empresa GOMEZ ALVAREZ GUILLERMO JAVIER, C.I.: 1.830581-4., R.U.T. 170245830011, con igual domicilio a los efectos legales ;
        RESULTANDO: 1o.) que en intimación realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5 de fecha 16/V/2018, se pudo comprobar que carecía de la habilitación municipal (Registro de Microempresa) y de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes en un plazo de 5 (cinco) días;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se notifica con fecha 11/VI/2018 que se aplicara una multa de U.R. 3 y otra de U.R. 5, por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) y otra de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a la firma GOMEZ ALVAREZ GUILLERMO JAVIER, C.I.: 1.830581-4., R.U.T. 170245830011, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal