Resolución N° 254/18/0114
Nro de Expediente:
2018-3260-98-000332
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/10/2018


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) a la Firma FUENTES MENDEZ, JOSE MANUEL, CI.: 1.712.189-7, R.U.T. 211164510018, responsable del saliente desmontable instalado en el establecimiento sito en la Avda. Rivera Nro. 3301.-

Montevideo, 17 de Octubre de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con saliente desmontable (marquesina) en el establecimiento sito en la Avda. Rivera Nro. 3301, de la cual es responsable la Firma FUENTES MENDEZ, JOSE MANUEL, CI.: 1.712.189-7, R.U.T. 211164510018, con igual domicilio a los efectos legales ;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5 intimó al titular el día 02/VIII/2018 a que se ajustara a la normativa vigente de salientes desmontables (marquesina) en un plazo de 30 (treinta) días, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 8 según lo establecido en el Decreto 21.626 de conformidad con el Decreto Nº 34.134, promulgado por Resolución Nº 1770/12 Sección II Articulo 3º Numeral 16;
        2o.) que al no haberse dado cumplimiento, pese al tiempo transcurrido y al plazo concedido, la mencionada dependencia sugiere la aplicación de la sanción de referencia, notificando con fecha 21/IX/2018;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) a la Firma FUENTES MENDEZ, JOSE MANUEL, CI.: 1.712.189-7, R.U.T. 211164510018, responsable del saliente desmontable instalado en el establecimiento sito en la Avda. Rivera Nro. 3301, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, si la multa permaneciera impaga, este Municipio comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
        3.-Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para la notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal