Resolución N° 61/15/0117
Nro de Expediente:
3310-000686-11
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/3/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.25 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTICINCO) por falta de habilitaciones municipales a la empresa PARTILUZ S.A., RUT Nº 214000320016, propietaria del establecimiento destinado a Electromecánica, sito en Av. Luis Braille Nº 3288, padrón Nº 416.562.-

Montevideo, 18 de Marzo de 2015.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Electromecánica, sito en Av. Luis Braille Nº 3288, padrón Nº 416.562, perteneciente a la empresa PARTILUZ S.A., RUT Nº 214000320016;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R.25 por falta de habilitaciones municipales, según lo dispuesto por el Art. 14, Secc. XIII, Núm 1º, Lit. A del Decreto No. 21.626 y Res. 2287/13;
        2o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 18 de Marzo de 2015 resuelve la aplicación de la multa correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R.25 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTICINCO) por falta de habilitaciones municipales a la empresa PARTILUZ S.A., RUT Nº 214000320016, propietaria del establecimiento destinado a Electromecánica, sito en Av. Luis Braille Nº 3288, padrón Nº 416.562, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (Treinta) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
Juan Bologna,Alcalde del Municipio F.-

Jorge Moreira,Concejal Municipal