Resolución N° 55/11/0117
Nro de Expediente:
3310-007235-09
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/8/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.26,7380 ( unidades reajustables, Veintiseis con Siete Mil Trescientos Ochenta diezmilésimas ) al establecimiento destinado a Pizzerìa, sito en Camino Carrasco Nº 4583; Propiedad de la empresa Unipersonal Sr. Angel Peveroni Correa, con Nº R..U.T. 215194920012, y documento de identidad Nº 2.601.648-5; por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 3 de Agosto de 2011.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a Pizzerìa, sito en Camino Carrasco Nº 4583; Propiedad de la empresa Unipersonal Sr. Angel Peveroni Correa, con Nº R..U.T. 215194920012, y documento de identidad Nº 2.601.648-5, con igual domicilio a los efectos legales.
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) Pese a al tiempo transcurrido y la intimación efectuada, no se ha procedido a levantar las observaciones que constan en informe de Inspección Profesional de fecha 26 de Julio de 2011, que luce a fojas 42 de los obrados motivo de la presente resolución;
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R.26,7380 por los motivos previamente expuestos;
        2o.) que el Gobierno Municipal F resuelve en su sesión Ordinaria de fecha 03 de Agosto de 2011, la aplicación de la Multa correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R.26,7380 ( unidades reajustables, Veintiseis con Siete Mil Trescientos Ochenta diezmilésimas ) al establecimiento destinado a Pizzerìa, sito en Camino Carrasco Nº 4583; Propiedad de la empresa Unipersonal Sr. Angel Peveroni Correa, con Nº R..U.T. 215194920012, y documento de identidad Nº 2.601.648-5; por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 ( Treinta ) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la empresa infractora, y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Coimbra,Concejal del Municipio F