Resolución N° 108/17/0117
Nro de Expediente:
2016-3310-98-000058
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/7/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 38 (UNIDADES REAJUSTABLES TREINTA Y OCHO) por falta de habilitaciones municipales de SIME y Plan de Gestión de Residuos como primera reincidencia a la Empresa TEYMA URUGUAY S.A., RUT 214.918.150.011, domiciliada en Juan Jacobo Rousseau Nº 4527, propietaria del establecimiento destinado a Estacionamiento de Camiones, sito en Juan Jacobo Rousseau Nº 4531, padrón Nº 69.795, por infracción a lo dispuesto por el Art. 14, Secc. XIII, Núm 1º, Lit. A y Art. 22 del Decreto No. 21.626 y Res. 2287/13.-

Montevideo, 26 de Julio de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Estacionamiento de Camiones, sito en Juan Jacobo Rousseau Nº 4531, padrón Nº 69.795, perteneciente a la Empresa TEYMA URUGUAY S.A., RUT: 214.918.150.011, domiciliada en Juan Jacobo Rousseau Nº 4527;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 informa que:
        a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) que mencionado Servicio solicita aplicar una multa de U.R.38 por falta de habilitaciones municipales de SIME y Plan de Gestión de Residuos, según lo dispuesto por el Art. 14, Secc. XIII, Núm 1º, Lit. A y Art. 22 del Decreto No. 21.626 y Res. 2287/13;
        2o.) que por Resolución Nº 88/15/0117 de fecha 29 de abril de 2015 se resolvió la aplicación de una multa por falta de habilitaciones municipales, lo que correspondería según informe del Sector Inspectivo aplicar una nueva sanción como primera reincidencia;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 26 de julio de 2017, resuelve la aplicación de la multa correspondiente;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 38 (UNIDADES REAJUSTABLES TREINTA Y OCHO) por falta de habilitaciones municipales de SIME y Plan de Gestión de Residuos como primera reincidencia a la Empresa TEYMA URUGUAY S.A., RUT 214.918.150.011, domiciliada en Juan Jacobo Rousseau Nº 4527, propietaria del establecimiento destinado a Estacionamiento de Camiones, sito en Juan Jacobo Rousseau Nº 4531, padrón Nº 69.795, por infracción a lo dispuesto por el Art. 14, Secc. XIII, Núm 1º, Lit. A y Art. 22 del Decreto No. 21.626 y Res. 2287/13.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejala Municipal