Resolución N° 6/15/0117
Nro de Expediente:
3310-014666-12
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/2/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.49 (UNIDADES REAJUSTABLES CUARENTA Y NUEVE) al Sr. Andres Esteban Pinto Costa, C.I.: 1.994.602-3, por la no presentación del Estudio de Impacto Territorial de los rellenos del padrón Nº 62.083, sito en Cochabamba Nº 2927.-

Montevideo, 2 de Febrero de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el padrón Nº 62.083, sito en Cochabamba Nº 2927, perteneciente al Sr. Andres Esteban Pinto Costa, C.I.: 1.994.602-3;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal 9 intimó al responsable a presentar el Estudio de Impacto Territorial de los rellenos, bajo apercibimiento en caso de omisión, de las sanciones correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado el Sector Inspectivo solicita la aplicación de una multa de U.R.49 por infracción a lo dispuesto en el Decreto 21626, Secc. XIII, Art. 15º y Res. 2287/13 del Digesto Departamental;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 14 de Enero de 2015 resuelve la aplicación de la multa correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R.49 (UNIDADES REAJUSTABLES CUARENTA Y NUEVE) al Sr. Andres Esteban Pinto Costa, C.I.: 1.994.602-3, por la no presentación del Estudio de Impacto Territorial de los rellenos del padrón Nº 62.083, sito en Cochabamba Nº 2927, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación al infractor y demás efectos.-
Juan Bologna,Alcalde (i) del Municipio F.-

Jorge Moreira,Concejal Municipal