Resolución N° 81/16/0116
Nro de Expediente:
0016-006351-13
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/5/2016


Tema:
MULTA TERRENO BALDIO

Resumen:
Aplicación de multa de 4 U.R a la Sra. María Teresa Raguso por falta de cerco en terreno baldío ubicado en la calle Godoy Nº 5009

Montevideo, 27 de Mayo de 2016.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el predio ubicado en la calle Godoy N° 5009, esquina Alberto Zum Felde, Padrón Nº 416578, propiedad de la Sra. María Teresa Raguso Suárez, C.I. 1.869.119-0, con domicilio a los efectos legales en la calle Pedro Cosio Nº 2215;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 8 informa que corresponde aplicar una multa de 4 U.R. a la Sra. María Teresa Raguso Suárez, por falta del cerco perimetral, según lo que establece el Decreto No. 21.626 de fecha 23/IV/84, Secc. II, Art. 3, Num. 6;
        2o.) que habiendo notificado a la responsable del predio, según Orden de Servicio N° 47196, otorgándole un plazo de 10 (diez) días para realizar los descargos correspondientes o dar cumplimiento a lo solicitado;
        3o.) que comprobándose
        el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de dicha multa;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de 4 U.R (Unidades Reajustables cuatro) a la Sra. María Teresa Raguso Suárez, C.I. 1.869.119-0, propietaria del predio sito en la calle Godoy Nº 5009, esquina Alberto Zum Felde, con domicilio legal en la calle Pedro Cosio N° 2215, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 8.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

SUSANA CAMARÁN,CONCEJAL