Resolución N° 1/24/0116
Nro de Expediente:
2021-3290-98-000336
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/1/2024


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 8 U.R., (1era. Reincidencia), a la empresa unipersonal Victor Marcelo Montero Battistessa, propietaria del establecimiento destinado a peluquería ubicado en la Avda. Arocena Nº 1658, por falta de habilitación comercial.-

Montevideo, 17 de Enero de 2024.-
 

        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a peluquería ubicado en la Avda. Alfredo Arocena Nº 1658, propiedad de la empresa unipersonal Victor Marcelo Montero Battistessa, C.I Nº 1.932.223-9, RUT 214 562 140 010;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho establecimiento no cuenta con la habilitación comercial y declaración jurada de residuos sólidos no domiciliarios, por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 8 U.R. (1 era. Reincidencia) en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección XIII, art. 22.
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 8 U.R. (ocho unidades reajustables) a la empresa unipersonal Victor Marcelo Montero Battistessa, C.I Nº 1.932.223-9, RUT 214 562 140 010, propietaria del establecimiento destinado a peluquería ubicado en la Avda. Alfredo Arocena Nº 1658, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL