Resolución N° 53/18/0116
Nro de Expediente:
2017-3270-98-000361
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/3/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar multa de U.R 10 por falta de Habilitaciones Municipales (Locales Comerciales e Industriales, Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Gestión de residuos sólidos no domiciliarios) al Sr. Richard Apolinario, C.I. 3.203.540-3, con domicilio en la calle Dionisio López Nº 2050

Montevideo, 14 de Marzo de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el lavadero de vehículos ubicado en la calle Dionisio López Nº 2050, perteneciente al Sr. Richard Apolinario, C.I. 3.203.540-3, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No.6, se pudo comprobar que carecía de las Habilitaciones Municipales (Locales Comerciales e Industriales), intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 al Sr. titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R.10 (Unidades Reajustables diez) al Sr. Richard Apolinario, C.I. 3.203.540-3, propietario del local con destino a lavadero ubicado en la calle Dionisio López Nº 2050, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 6.-
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

ELSA DÍAZ,CONCEJAL