Resolución N° 156/22/0116
Nro de Expediente:
2022-1238-98-000011
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
31/8/2022


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 a los Sres. Cholaquides Amado, Jorge, C.I. 1.301.533-3 y Domínguez Ferreira, Martín, C.I. 4.186.943-9, razón social Cholaquides Amado Jorge Ángel, Domínguez Ferreira Martín y Otros, R.U.T. 218869510016, destinado a lavadero de autos, ubicada en la calle Volteadores Nº 1797, por falta de Habilitación Municipal (Locales Comerciales e industriales).


Montevideo, 31 de Agosto de 2022.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a lavadero de autos, sito en la calle Volteadores Nº 1797, propiedad de los Sres. Cholaquides Amado, Jorge, C.I. 1.301.533-3 y Domínguez Ferreira, Martín, C.I. 4.186.943-9, razón social Cholaquides Amado Jorge Ángel, Domínguez Ferreira Martín y Otros, R.U.T. 218869510016;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con habilitación municipal vigente (Locales Comerciales e Industriales), por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 15 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 14º, Sección XIII, del Decreto Nº 21.626 de fecha 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 15 U.R. (quince unidades reajustables) a Sres. Cholaquides Amado, Jorge, C.I. 1.301.533-3 y Domínguez Ferreira, Martín, C.I. 4.186.943-9, razón social Cholaquides Amado Jorge Ángel, Domínguez Ferreira Martín y Otros, R.U.T. 218869510016, propietarios del establecimiento destinado a lavadero de autos, sito en la calle Volteadores Nº 1797, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a los infractores y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL