Resolución N° 182/12/0116
Nro de Expediente:
3270-006990-11 1001-018931-12 1001-028002-12
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/9/2012


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19.7880 a la Agencia Nacional de Viviendas.-

Montevideo, 6 de Setiembre de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con las fincas sitas en la calle Pirán N° 2352 Aptos. 103, 203, 303, 403 y 503, Block B (Complejo Euskal Erría 71), propiedad de la Agencia Nacional de Viviendas, con domicilio a los efectos legales en la calle Cerrito No. 400;
        RESULTANDO: 1o.) que esta Comuna solicitó a la mencionada Institución Pública a realizar las reparaciones necesarias en la columna de bajada que recorre las Unidades 001 en planta baja y las 03 (a partir del 1° Piso) para evitar filtraciones a dichas unidades y a presentar pruebas hidráulicas y manométricas que certifiquen la estanqueidad de dichas instalaciones. Dichas pruebas deberán estar avaladas por técnico registrado ente la Intendencia a esos efectos.
        A su vez se intimó a los propietarios de las Unidades 503 y 603 a presentar pruebas hidráulicas y manométricas que certifiquen la estanqueidad de las cañerías de desague y abastecimiento del baño.
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere, la aplicación de una multa de U.R. 19,7880, según lo que establece la Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A) del Decreto No. 21626; CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 19,7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas) a la Agencia Nacional de Viviendas, con domicilio a los efectos legales en la calle Cerrito No. 400, propietaria del Complejo Habitacional Euskal Erría 71, sita en la calle Pirán N° 2352 Aptos. 103, 203, 303, 403 y 503, Block B, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- a la Secretaría General para cursar la notificación a la infractora, cumplido, vuelva a este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL