Resolución N° 253/23/0116
Nro de Expediente:
2023-3290-98-000374
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/12/2023


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 10 U.R. a la empresa CLIFPARK S.A (Urban Haus), sito en la calle Pedro Murillo Nº 6566, por falta de habilitaciónes municilaes (Locales Comerciales e Industriales, Declaración Jurada de Residuos Sólidos No Domiciliarios y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas).-

Montevideo, 20 de Diciembre de 2023.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento comercial "Urban Haus", ubicado en la calle Pedro Murillo Nº 6566, propiedad de la empresa CLIFPARK S.A, RUT 216 974 240 019;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con las habilitaciones municipales correspondientes (Locales Comerciales e Industriales, Declaración Jurada de Residuos Sólidos no Domiciliarios y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas), por lo que se intimó a presentar comprobante de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 10 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección XIII, Art. 14, Num. 1;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables) a la empresa CLIFPARK S.A, (Urban Haus) RUT 216 974 240 019, propietaria del establecimiento ubicado en la calle Pedro Murillo Nº 6566, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
IGNACIO UBILLA,ALCALDE (I).-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL