Resolución N° 139/20/0116
Nro de Expediente:
2019-3270-98-000237
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/8/2020


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica dos multas de U.R. 15 cada una al Sr. Alejandro Humberto Fernández Zunino, C.I. 1.766.541-9 por talar sin autorización dos árboles del ornato público ubicados en la calle Rufino Domínguez Nº 1915 esquina Espuelitas.-

Montevideo, 12 de Agosto de 2020.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el propietario de la finca sita en la calle Rufino Domínguez N° 1915 esquina Espuelitas, Sr. Alejandro Humberto Fernández Zunino, C.I. 1.766.541-9, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6, se pudo comprobar la tala de 2 ejemplares de Liquidámbar del ornato público, notificando al interesado a presentar los descargos correspondientes en el mencionado Servicio;
        2o.) que habiendo presentado descargos, los cuales no son de recibo, se solicita la aplicación de dos multas de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) cada una al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por los Decretos Nos. 14001 y 23372;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar dos multas de U.R.15 (Unidades Reajustables quince) cada una, al Sr. Alejandro Humberto Fernández Zunino, C.I. 1.766.541-9, con domicilio a los efectos legales en la calle Rufino Domínguez N° 1915 esquina Espuelitas, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.-
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL