Resolución N° 163/22/0116
Nro de Expediente:
2016-3290-98-000309
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/9/2022


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 10 U.R. a la empresa Eliasur S.A, propietaria del establecimiento destinado a estación de servicio, sito en la Avda. Italia Nº 5775, por falta de habilitación municipal (Permiso de Construcción aprobado por el Servicio de Contralor de la Edificación y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas).

Montevideo, 14 de Setiembre de 2022.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a estación de servicio, sito en la Avda. Italia Nº 5775, propiedad de la empresa Eliasur S.A., RUT 212 692 910 014;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho establecimiento no cuenta con el permiso de Construcción aprobado por el Servicio de Contralor de la Edificación, ni la habilitación por parte del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, por lo que se intimó a presentar comprobante de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 10 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Secc XIII, Art. 14, Inc a, Num. 1;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables) a la empresa Eliasur S.A., RUT 212 692 910 014, propietaria del establecimiento destinado a estación de servicio, sito en la Avda. Italia Nº 5775, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL