Resolución N° 30/24/0116
Nro de Expediente:
2023-3280-98-000321
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/2/2024


Tema:
MULTA DEMOLICION SIN PERMISO

Resumen:
Se aplica una multa de U.R 30 a la empresa EDIFICIO BUCEO S.A.S, propietaria del predio padrón Nº68858, sito en la calle Humberto 1º Nº 4026/4026 bis, por demolición sin permiso.-

Montevideo, 21 de Febrero de 2024.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la demolición sin permiso, realizada en el predio padrón Nº 68858, ubicado en la calle Humberto 1º Nº 4026/4026 bis, propiedad de la empresa EDIFICIO BUCEO S.A.S, R.U.T Nº 219 338 370 017;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 7 - Arquitectura, informa que en dicho padrón se realizó una demolición sin permiso, por lo que se intimó a regularizar la situación;
        2o.) que verificado el incumplimiento de lo permitido correspondería aplicar una multa de 30 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Secc. XIII, Art. 15, Inc. b, Num. 3;
        CONSIDERANDO: 1o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 30 (unidades reajustables treinta) a la empresa EDIFICIO BUCEO S.A.S, R.U.T Nº 219 338 370 017, propietaria del predio padrón Nº 68858, ubicado en la calle Humberto1º Nº 4026/4026 bis, con domicilio a los efectos en la calle Ismael Nº 5557/001.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a los infractores y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
MERCEDES RUIZ,ALCALDE.-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL