Resolución N° 330/11/0116
Nro de Expediente:
3290-002431-10
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/10/2011


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19.7880 a la Cooperativa de Viviendas COVICOES ubicada en la calle Alberto Zum Felde N° 2096, Sr. Fernando Amaral en su calidad de Presidente de la mencionada Cooperativa.-

Montevideo, 21 de Octubre de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Alberto Zum Felde Nº 2094, Pasaje 355, Puerta 2063, Apto. 1, propiedad de la Cooperativa de Viviendas COVICOES, Sr. Fernando Amaral, C.I. 1.675.744-3, en su calidad de Presidente, con domicilio a los efectos legales en la calle Alberto Zum Felde N° 2096, Pasaje 369, Puerta 2085;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal N° 8 solicitó a la mencionada Cooperativa a solucionar las anomalías constatadas en la finca sita en igual vía de tránsito Nº 2094, Pasaje 355, Puerta 2063, Apto. 2;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere, la aplicación de una multa de U.R. 19,7880, según lo que establece la Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A) del Decreto No. 21626;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 19,7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas) a la Cooperativa de Viviendas COVICOES, Sr. Fernando Amaral, C.I. 1.675.744-3, en su calidad de Presidente, propietaria de la finca sita en la calle Alberto Zum Felde Nº 2094, Pasaje 355, Puerta 2063, Apto. 1, con domicilio a los efectos legales en igual vía de tránsito N° 2096, Pasaje 369, Puerta 2085, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para la notificación a la cooperativa infractora y para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MILTON BADANO,CONCEJAL (I)