Resolución N° 248/23/0116
Nro de Expediente:
2023-3290-98-000015
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/12/2023


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 15 U.R. a la empresa unipersonal Victoria Rodríguez Galusso, propietaria del establecimiento comercial ubicado en la calle Cno. Carrasco Nº5126, por falta de habilitaciones municipales (Locales Comerciales e Industriales y Declaración jurada de residuos sólidos no domiciliarios) 1ra. Reincidencia.-

Montevideo, 15 de Diciembre de 2023.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento comercial destinado a marmolería, ubicado en Cno. Carrasco Nº 5126, propiedad de la empresa unipersonal María Victoria Rodríguez Galusso, C.I Nº 4.072.340-2, RUT 219 114 370 013;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con las habilitaciones correspondientes (Locales Comerciales e Industriales, Declaración Jurada de Residuos Sólidos no Domiciliarios y del Sistema de Instalaciones mecánicas y Eléctricas) 1ra. Reincidencia, por lo que se intimó a presentar los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 15 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Secc. XIII, Arts. 14 y 22;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 15 U.R. (quince unidades reajustables) a la empresa unipersonal Victoria Rodríguez Galusso, C.I Nº 4.072.340-2, RUT 219 114 370 013, propietaria del establecimiento comercial destinado a marmolería, ubicado en Cno. Carrasco Nº 5126, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

EDUARDO CORREA,CONCEJAL