Resolución N° 655/12/0112
Nro de Expediente:
3230-004838-11
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/8/2012


Tema:
DEJAR SIN EFECTO

Resumen:
Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución No. 517/12/0112, de fecha 31 de mayo de 2012, al establecimiento razón social BALCOMIR S.A., R.U.T. 216272530017, sito en la calle Santiago de Chile No. 951.-

Montevideo, 9 de Agosto de 2012.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento destinado a gastronomía, sito en la calle Santiago de Chile No. 951, propiedad de la empresa razón social BALCOMIR S.A., R.U.T. 216272530017, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: A) el establecimiento de referencia fue multado por Resolución No. 517/12/0112, de fecha 31 de mayo de 2012, por infracción respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitación para la instalación de mesas y sillas en la vía pública, B) que la empresa no ha presentado la regularización ante el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2, C) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal No.2 ha constatado error en la aplicación de la multa por 1a. reincidencia por el valor de U.R. 57.40, excediendo el monto autorizado oportunamente por la Resolución No. 3642/10, Art. 6, por lo que se solicita se deje sin efecto la multa de referencia y mantener firmes en todos los demás términos la resolución, según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      2o.) que el Concejo Municipal- Municipio B, manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.-Modificar la Resolución No. 517/12/0112, de fecha 31 de mayo de 2012, la que quedará redactada de la siguiente manera: a) Aplicar una multa de U.R. 12.00 (Unidades Reajustables doce con cero centésimas) por mesas y sillas sin entarimado, y otra multa por entarimados en calzada de U.R. 54.00 (Unidades Reajustables cincuenta y cuatro con cero centésimas) a la firma razón social BALCOMIR S.A., R.U.T. 216272530017, responsable del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Santiago de Chile No. 951, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución, y b) Remitir a Secretaría General las presentes actuaciones a fin de dar trámite a la multa por entarimados en acera y cuya cuantía asciende a la suma de U.R. 57.40 (cincuenta y siete con cuarenta centésimas), el cual excede el monto autorizado por Resolución No. 3642/10, Art. 6.-
      2.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al interesado y comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, cumplido remítase a Secretaría General para hacer efectivo el lit. b), nral. 1 de la presente Resolución .-
Carlos Varela,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal