Resolución N° 112/23/0112
Nro de Expediente:
2022-3220-98-000086
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/3/2023


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los propietarios del inmueble sito en la calle Wilson Ferreira Aldunate Nº 1229 Unidad 201, Sr. Gerardo Iglesias Aguirre, C.I. 1.507.952-7, y SRa. Patricia Lourdes Iglesias Aguirre, C.I. 1.899.357-0

Montevideo, 30 de Marzo de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Wilson Ferreira Aldunate Nº 1229 Unidad 101;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 17/05/2022 se realizó inspección en la calle Wilson Ferreira Aldunate Nº 1229 Unidad 101, constatando signos de humedad en el cielorraso de la cocina, tales como hongos y manchas oscuras y amarillentas. Asimismo se observa a nivel de las terminaciones, deterioro con descascaramiento de pintura y desgrane de revoques. Es probable que el origen de las afectaciones se encuentre en fallas en el sistema de abastecimiento / desagüe de la Unidad 201 por lo que se intimó a los propietarios del inmueble padrón Nº 6242/201, a realizar las tareas de reparación / mantenimiento a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada;
    b) con fecha 15/10/2022 se realizó una nueva inspección en la calle Wilson Ferreira Aldunate Nº 1229 Unidad 101, observando que las zonas afectadas se mantienen en su extensión y en sus características descriptas en el informe de fecha 17/05/2022, se sugiere la aplicación de la multa intimada a los propietarios del inmueble padrón Nº 6242/201;
    c) ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los propietarios del inmueble sito en la calle Wilson Ferreira Aldunate Nº 1229 Unidad 201, Sr. Gerardo Iglesias Aguirre, C.I. 1.507.952-7, y SRa. Patricia Lourdes Iglesias Aguirre, C.I. 1.899.357-0, con domicilio a efectos legales en Lanús Nº 5681 y Niña Nº 1617, respectivamente, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal