Resolución N° 51/21/0112
Nro de Expediente:
2020-3230-98-000215
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/2/2021


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8.00 a la empresa SAYACO S.A., RUT 210 276 410 017, Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Inciso 16

Montevideo, 22 de Febrero de 2021.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la marquesina ubicada en la calle AV. 18 DE JULIO Nº 1509 APTO.001;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº2 informa que:
    a) con fecha 19/02/2020 se realizó inspección en la calle AV. 18 DE JULIO Nº 1509 APTO.001, Padrón Nº 832 Solar Nº 13, constatando que no se accede a la tolerancia solicitada en cuanto al espesor de la marquesina,
    b) con fecha 04/03/2020 se notificó a la empresa SAYACO S.A., RUT 210 276 410 017, en calidad de responsable de la marquesina de la calle AV. 18 DE JULIO Nº 1509 APTO.001, que no se accede a la solicitud, debiendo ajustar la misma a condiciones reglamanterias en un plazo de 60 días, bajo apercibimiento de una multa de U.R. 8.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Inciso 16, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 8.00 (Unidades Reajustables ocho con cero centésimos) a la empresa SAYACO S.A., RUT 210 276 410 017, en calidad de responsable de la marquesina de la calle AV. 18 DE JULIO Nº 1509 APTO.001, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Rosauro San Román,Concejal Municipal