Resolución N° 201/21/0112
Nro de Expediente:
2020-3230-98-001065
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/7/2021


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.2.00 (Unidades Reajustables dos con cero centésimas) al los Sres. JUAN PABLO, DIEGO MARTÍN y VIRGINIA PEDEMONTE STALLA, C.I. 3.068.407-8, C.I. 3.852.392-5 y C.I. 2.634.793-9

Montevideo, 29 de Julio de 2021.-
 
    VISTO: estos obrados relacionados con el INMUEBLE empadronado con el Nº 13966, sito en Avenida Daniel Fernández Crespo Nº 1851, propiedad de los Sres. JUAN PABLO, DIEGO MARTÍN y VIRGINIA PEDEMONTE STALLA, C.I. 3.068.407-8, C.I. 3.852.392-5 y C.I. 2.634.793-9 respectivamente;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) que en inspección realizada se pudo comprobar el vertimiento de agua servida hacia la vía pública desde el citado inmueble, por lo que se intimó a regularizar la situación;
    b) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 2 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 3º, numeral 14, Sección II del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R.2.00 (Unidades Reajustables dos con cero centésimas) a los Sres. JUAN PABLO, DIEGO MARTÍN y VIRGINIA PEDEMONTE STALLA, C.I. 3.068.407-8, C.I. 3.852.392-5 y C.I. 2.634.793-9 respectivamente, propietarios del inmueble empadronado con el Nº 13966, sito en Avenida Daniel Fernández Crespo Nº 1851, con domicilio a efectos legales en Pedro Campbell Nº 1611, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en el plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de notificación, a la presentación de las habilitaciones finales o constancia de trámite vigente, requeridas en las actuaciones de control y al pago del monto indicado en el numeral anterior, que deberá ser abonado en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes. En caso de incumplimiento se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
    3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Rosauro San Román,Concejal Municipal