Resolución N° 358/18/0112
Nro de Expediente:
2016-3230-98-001776 3230-027166-13
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/9/2018


Tema:
AUTORIZACION MESAS Y SILLAS

Resumen:
Dejar sin efecto la resolución Nº 303/18/0112 de fecha 24/07/18 por la cual se dejaba sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas otorgada a la empresa Gelix s.a. y autorizar nuevamente la ocupación del espacio público

Montevideo, 11 de Setiembre de 2018.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento del local destinado a gastronomía, sito en Bulevar España No. 2246;
      RESULTANDO: 1o) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) la empresa razón social GELIX S.A., RUT 214403180018, presentaba atraso en el pago de la mensualidad por concepto de entarimado gastronómico; b) que por Resolución Nº 303/18/0112 de fecha 24 de julio de 2018, se resolvió dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas sin entarimado en acera, otorgada por Resolución Nº 144/14/0112 de fecha 27 de mazro de 2014; c) que la mencionada empresa presentó la firma de un convenio por la deuda generada ante el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2; d) que la Dirección del Servicio considera de recibo los descargos presentados por la empresa, por lo que se solicita se deje sin efecto la Resolución Nº 303/18/0112 , según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y se autorice la ocupación del espacio público con mesas y sillas;
      2o.) Que la firma GELIX S.A., R.U.T. 214403180018, propietaria del establecimiento que gira en el ramo de gastronomía en el local de Bulevar España No. 2246, solicita se la autorice a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, ocupando 38.80 metros cuadrados;
      3o.) Que, según informa el mencionado Servicio, la nombrada debería pagar mes a mes, como contraprestación, el importe de U.R. 19.40 (Unidades Reajustables diecinueve con cuarenta centésimos);
      4o.) que la autorización de mesas y sillas está condicionada a la presentación en un plazo de 5 (cinco) días a partir de la notificación de un seguro de responsabilidad civil y el depósito de garantía equivalente a 3 (tres) meses del importe mensual fijado en el numeral 3;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la petición se ajusta a las previsiones del Tít. I, Cap. II, Secc. VII -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS, SILLAS Y BANCOS EN LAS ACERAS”- del Lº X, Parte Legislativa, del Vol. X del Digesto Departamental, y del Capítulo IX -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS Y SILLAS CON O SIN ENTARIMADO EN LAS ACERAS Y CALZADAS”- del Tít. III de su Parte Reglamentaria;
      2o.) que en tal sentido se ha pronunciado el Sector Arquitectura del citado Servicio, quien recomienda hacer lugar a lo solicitado;
      3o.) Que la suma relacionada en el Resultando 2) es correcta, estableciendo el art. R.1288.43, lit. a), del cit. Vol. X del Digesto Departamental, y el art. 332, lit. a), del TOTID, que por la instalación de mesas y sillas en la acera sin entarimados, se abonará mensualmente el importe de U.R. 0.50 por metro cuadrado;
      4o.) Que se estima conveniente disponer que el pago de los derechos se haga efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes;
      5o.) Que el Concejo Municipal - Municipio B ha prestado su conformidad al progreso de la petición en examen;
      6o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Dejar sin efecto la Resolución No. 303/18/0112, de fecha 24 de julio de 2018, por la cual se dejaba sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas sin entarimado en acera, otorgada por Resolución Nº 144/14/0112 de fecha 27 de marzo de 2014, a la empresa GELIX S.A., RUT 214403180018, sita en Bulevar España No. 2246, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Autorizar con carácter precario y revocable a la firma GELIX S.A., RUT 214403180018, a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, ocupando 38.80 metros cuadrados, frente al local de Bulevar España Nº 2246, donde se ubica el establecimiento de su propiedad, que gira en el rubro gastronómico, condicionado a la presentación en un plazo de 5 (cinco) días a partir de la notificación de un seguro de responsabilidad civil y el depósito de garantía equivalente a 3 (tres) meses del importe mensual fijado en el numeral 3.-
      3.- Fijar en la suma de U.R. 19.40 (Unidades Reajustables diecinueve con cuarenta centésimos), el importe a pagar en concepto de derechos de ocupación, que se hará efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes.-
      4.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al interesado, comunicar al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General y demás efectos
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal