Resolución N° 646/17/0112
Nro de Expediente:
2016-3220-98-001298 3220-002617-16
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/7/2017


Tema:
RECURSO DE REPOSICION

Resumen:
No hacer lugar al Recurso de Reposición interpuesto por la firma SANTA CATALINA LTDA., R.U.T. 212441410010, contra la Resolución Nº 136/17/0112 de 30 de enero de 2017.-

Montevideo, 11 de Julio de 2017.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación, interpuestos por la firma SANTA CATALINA LTDA., R.U.T. 212.441.410.010, contra la Resolución Nº 136/17/0112 dictada por el Gobierno Municipal B, el 30 de enero de 2017;
        RESULTANDO: 1o.) que por dicho acto administrativo se aplicó dos multas, una de U.R. 5.00 y otra de U.R. 2.00 (total U.R. 7.00) por ocupación de 2 m2. de acera sin autorización;
        2o.) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 remitió a consideración del Asesor Jurídico de este Municipio los recursos interpuestos;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Asesor Jurídico, consultado al efecto, examinada la faz sustancial, concluye que no existe mérito para revocar la resolución atacada, por lo cual correspondería no hacer lugar al recurso de reposición y franquear el de apelación para ante el Sr. Intendente;
        2o.) que se estima pertinente proveer en el sentido indicado;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL B
        RESUELVE:
        1.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la firma SANTA CATALINA LTDA., R.U.T. 212.441.410.010, contra la Resolución Nº 136/17/0112, adoptada por el Gobierno Municipal B el 30 de enero de 2017.-
        2.- Franquear el recurso de apelación para ante el Sr. Intendente.-
        3.- Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No. 2; y remítase a sus efectos a la División Asesoría Jurídica.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal