Resolución N° 188/23/0112
Nro de Expediente:
2021-3230-98-000070
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/6/2023


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) al propietario del inmueble sito en la calle C.CORONEL BRANDZEN Nº 1930, padrón Nº 14.842, Sr. MIGUEL CAMPOMAR BRUNET, C.I. 1.206.509-2.

Montevideo, 7 de Junio de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle C. Coronel Brandzen Nº 1936/38;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 27/04/2021 se realizó inspección en la calle C. Coronel Brandzen Nº 1936/38, constatando una obra en construcción con acceso también por la Av. Gral. Rivera Nº 1945, que se encuentra en etapa estructural a nivel del subsuelo y planta baja. En el subsuelo, en la zona de la pared medianera con el padrón Nº 14.842 sobre la calle C. Coronel Brandzen Nº 1930, se pudo apreciar de forma indirecta filtraciones desde ese sector. Dado que en algunas zonas se realizaron tareas de recimentación, la situación no es visible de la forma en que lo era en la fecha de la denuncia pero la cantidad de agua, tipo color del material del suelo, ratifican la existencia de filtraciones, por lo que se intimó al propietario del inmueble de la calle C. Coronel Brandzen Nº 1930 padrón Nº 14.842, a realizar las pruebas en su instalación sanitaria que demuestren la estanqueidad de la misma y en caso de verificarse pérdidas, se deberán realizar las reparaciones necesarias, a fin de solucionar los problemas de filtraciones que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada;
    b) con fecha 19/08/2021 comparece la Sra. Lorena Castellanos, por ACSA, en su calidad de administradora del padrón Nº 14.842, presentando informe técnico del Arq. Rodolfo Brandes, donde se informa que fueron detectadas pérdidas en desagües y abastecimiento en la instalación sanitaria interna del baño de la finca mencionada, solicitando una prórroga a efectos de realizar los arreglos necesarios, otorgándose un plazo de 30 días, a fin de reparar las instalaciones de referencia;
    c) con fecha 21/09/2021 comparece nuevamente la Sra. Lorena Castellanos, solicitando un nuevo plazo de 60 días para dar cumplimiento a lo intimado, por lo que se otorgó una prórroga hasta el 31/10/2021;
    d) con fecha 15/03/2022 se realizó nueva inspección en la finca sita en C. Coronel Brandzen Nº 1936/38 constatando en el subsuelo, en la zona de la pared medianera con el padrón Nº 14.842 que las patologías continúan presentes, con filtraciones de agua con olor en diferentes sectores del muro de contención. Asimismo se aprecia hacia el fondo del padrón un importante volumen de agua retenida en el suelo. Atento a que las patologías continúan afectando la habitabilidad de la finca, se sugiere aplicar la sanción correspondiente;
    e) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 30.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 30.00 (Unidades Reajustables treinta con cero centésimos) al propietario del inmueble sito en la calle C. CORONEL BRANDZEN Nº 1930, padrón Nº 14.842, Sr. MIGUEL CAMPOMAR BRUNET, C.I. 1.206.509-2, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Isabel Zarrillo,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal