Resolución N° 366/23/0112
Nro de Expediente:
2019-3230-98-000203
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/9/2023


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a la empresa DON LUCIANO SRL, RUT 216 119 910 011, sita en la Av. Uruguay Nº 1352

Montevideo, 28 de Setiembre de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con las salientes desmontables (marquesina y toldos) instaladas en el establecimiento de la Av. Uruguay Nº 1352, propiedad de la empresa DON LUCIANO SRL, RUT 216 119 910 011, con igual domicilio a los efectos legales;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) la empresa de obrados carece de autorización para la colocación de salientes desmontables según la normativa vigente;
    b) con fecha 14/02/2020 se dictó Resolución Nº 117/20/0112 en donde se aplicaba una multa de U.R. 8.00 a la empresa DON LUCIANO SRL, por carecer de autorización para la colocación de salientes desmontables y se informaba de que en caso de omisión se aplicarían nuevas y más severas sanciones y se iniciaría acción judicial para el cobro de la multa;
    c) con fecha 07/10/2020 se comprobó que la situación resultaba incambiada por lo que se notificó a la empresa con fecha 22/10/2020 de la multa que se le aplicaría por continuar sin tramitar la regularización de U.R. 12.00 por 1ª reincidencia, según Decreto 21.626, Sección II, Art. 3, Num. 16;
    d) con fecha 19/02/2021 se dictó Resolución Nº 39/21/0112 en donde se aplicó una nueva multa de U.R. 12.00 a la empresa DON LUCIANO SRL;
    e) con fecha 01/09/2021 se comprobó que la empresa continuaba en infracción por lo que con fecha 16/12/2021 se dictó Resolución Nº 344/21/0112 en donde se aplicó una multa de U.R. 16.00 a la misma;
    f) con fecha 01/04/2022 se realizó nuevamente una inspección y se dictó una nueva Resolución Nº 221/22/0112 de fecha 25/07/2022 en donde se aplicó una multa de U.R. 24.00 a la empresa DON LUCIANO SRL;
    g) en inspección de fecha 18/11/2023 se constató que la empresa aún mantiene los toldos instalados, por lo que se dictó una nueva Resolución Nº 106/23/0112 de fecha 21/03/2023 en donde se aplicó una multa de U.R. 20.00 a la empresa DON LUCIANO SRL;
    h) con fecha 29/05/2023 se comprobó que la situación resultaba incambiada por lo que se notificó a la empresa con fecha 31/05/2023 de la multa que se le aplicaría por continuar sin tramitar la regularización de U.R. 20.00, según Decreto 21.626, Sección II, Art. 3, Num. 16;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a la empresa DON LUCIANO SRL, RUT 216 119 910 011, sita en la Av. Uruguay Nº 1352, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Isabel Zarrillo,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal