Resolución N° 338/20/0112
Nro de Expediente:
2018-3230-98-001702
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/10/2020


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION

Resumen:
Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución Nº 135/20/0112 de fecha 14/02/2020, a la empresa MESA PEREIRA, JORGE EDUARDO, C.I. 1.983.363-4, RUT 217 331 930 010

Montevideo, 7 de Octubre de 2020.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado VENTA DE FRUTAS Y VERDURAS, propiedad de la empresa MESA PEREIRA, JORGE EDUARDO, C.I. 1.983.363-4, RUT 217 331 930 010, sito en la calle Mercedes Nº 1859, con igual domicilio a efectos legales;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que: a) el establecimiento de referencia fue multado por Resolución Nº 135/20/0112 de fecha 14/02/2020, por carecer de la Declaración Jurada de Microempresa, b) que según informa el mencionado Servicio, con fecha 13/03/2020 se presentó el Sr. MESA PEREIRA, JORGE EDUARDO, C.I. 1.983.363-4, solicitando la revocación de dicha sanción acreditando tener la Declaración Jurada de Microempresa, c) que según informe del Aseror Letrado del Municipio b, Esc. Aldo Long, considera de recibo los descargos presentados por el interesado, por lo que habría que hacer lugar a lo peticionado y asimismo solicita se intime al mismo a tramitar la habilitación comercial atento a que la superficie que ocupa actualmente el establecimiento comercial supera la admitida para microempresas, d) que la Dirección del Municipio b da conformidad a lo informado por el Esc. Aldo Long, y solicita se deje sin efecto la multa de referencia y se intime en lo correspondiente, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
    2º) que el Concejo Municipal - Municipio B manifiesta su conformidad;
    CONSIDERANDO: 1º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución Nº 135/20/0112 de fecha 14/02/2020, a la empresa MESA PEREIRA, JORGE EDUARDO, C.I. 1.983.363-4, RUT 217 331 930 010, sito en la calle Mercedes Nº 1859, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para continuar trámite, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal