Resolución N° 208/20/0112
Nro de Expediente:
2018-3230-98-000568
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/6/2020


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION

Resumen:
Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución Nº 652/19/0112 de fecha 27/12/2019, a la empresa TOWER LINE S.A., RUT 213 557 430 016, sito en la calle Minas Nº 1585

Montevideo, 23 de Junio de 2020.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a GIMNASIO, propiedad de la empresa TOWER LINE S.A., RUT 213 557 430 016, sito en la calle Minas Nº 1585, con igual domicilio a efectos legales;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que: a) el establecimiento de referencia fue multado por Resolución Nº 652/19/0112 de fecha 27/12/2019 por carecer de validez la habilitación de Locales Comerciales, por no tener habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, b) que la empresa presentó documentación referente a la habilitación, ante el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2, c) que la Dirección del mencionado Servicio considera de recibo los descargos presentados por la empresa, por lo que se solicita se deje sin efecto la multa de referencia, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
    2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
    CONSIDERANDO: 1º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución Nº 652/19/0112 de fecha 27/12/2019, a la empresa TOWER LINE S.A., RUT 213 557 430 016, sito en la calle Minas Nº 1585, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 para notificación al interesado, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal