Resolución N° 556/19/0112
Nro de Expediente:
2018-3220-98-000819
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/11/2019


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 54.00 a la firma ANDROSOL SA RUT 217144540018 por colocación de barrera en calle Valparaíso No. 1257 sin autorizaciuón.-

Montevideo, 12 de Noviembre de 2019.-
 
    VISTO: estos obrados relacionados con la obra a llevarse a cabo en el padrón Nº 13189, de la calle Valparaiso Nº 1257 esquina Av. Lib. Gral. Lavalleja, de la que es responsable la firma ANDROSOL SA, RUT 217144540018, con domicilio en Av 18 de Julio No. 1744 apto 1004, a los efectos legales;
    RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa que: a) según lo informado por el Servicio de Contralor de la Edificación, el Permiso de Construcción gestionado para el padrón de referencia ha caducado, b) que se intimó a la firma responsable a restaurar el predio de referencia a condiciones reglamentarias, a saber : retirar barrera de obra conformada por vallado y contenedores existentes que ocupan espacio público, realizar cerramiento reglamentario del predio en la alineación oficial del mismo, restituir el espacio público (plazuela) a las condiciones originales preexistentes a la instalación de la barrera de obra mencionada, c) en inspección realizada se pudo comprobar que no se cumplió con lo intimado, b) se solicita la aplicación de una multa de U.R. 54.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Secc. II, Art. 3, Nral. 3, promulgado el 23/IV/84;
    2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
    CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 54.00 (Unidades Reajustables cincuenta y cuatro con cero centésimas) a la firma ANDROSOL SA, RUT 217144540018, con domicilio en Av 18 de Julio No. 1744 apto 1004, a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal