Resolución N° 849/12/0112
Nro de Expediente:
3230-017463-12
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/11/2012


Tema:
MULTA MESAS Y SILLAS

Resumen:
Aplicar multa de U.R. 29 al establecimiento destinado a gastronomía sito en Br. España No. 2253, propiedad de la firma BODANUR S.A., R.U.T. 216815410017.-

Montevideo, 29 de Noviembre de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a gastronomía, sito en Br. España No. 2253, perteneciente a la firma BODANUR S.A., R.U.T. 216815410017, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que en informe realizado a fs. 10 por el Arquitecto Gonzalo Vazquez del Servicio Centro Comunal Zonal No. 2, entiende que el citado establecimiento no cumple con la norma en dejar unos 60 cm del cordón de la vereda, sumado que se encuentra una baranda fija no reglamentaria;
      2o.) que se entiende que las mesas instaladas no se ajustan a la norma, por lo cual no está en condiciones de ser habilitado, intimándosele a presentar en un plazo de 15 (quince) días en el mencionado Servicio, para presentar nueva propuesta;
      3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 29.00, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 32.082, Art. 2346/10 y Decreto No. 21.626;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 29.00 (Unidades Reajustables veintinueve con cero centésimas) a la firma BONADUR S.A., R.U.T. 216815410017, responsable del establecimiento destinado a gastronomía, sito en Br. España No. 2253, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 a efectos de notificar al infractor.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal