Resolución N° 105/20/0112
Nro de Expediente:
2019-3230-98-000218
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/2/2020


Tema:
MULTAS OCUPACION VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 12.00 y otra de U.R. 3.00 siendo un total de U.R. 15.00, a la firma TRECPERR SA (Subway), RUT 217648970016, por la instalación de equipos de aire acondicionados frente al local de la Av 18 de Julio 2100.-

Montevideo, 14 de Febrero de 2020.-
 
    VISTO: estos obrados relacionados con la firma TRECPERR SA (Subway), RUT 217648970016, con domicilio a efectos legales en la Av 18 de Julio 2100;
    RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) en inspección realizada por el Sector Inspectivo se constató que los equipos de aire acondicionados instalados frente al local sito en Av 18 de Julio 2100, no fueron removidos, infringiendo la normativa vigente por ocupar de manera irregular la vereda y además no escurrir en la red sanitaria interna, b) se solicita la aplicación de una multa de U.R. 12.00, por ocupación de vereda y otra de U.R. 3.00, por infringir la Ordenanza de Instalaciones de Equipos de Aire Acondicionado (1º reincidencia), según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, y 36.711;
    2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
    CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 12.00 y otra de U.R. 3.00 siendo un total de U.R. 15.00 (Unidades Reajustables quince con cero centésimos) en 1º reincidencia, a la firma TRECPERR SA (Subway), RUT 217648970016, con domicilio a los efectos legales en la Av 18 de Julio 2100, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal