Resolución N° 92/21/0112
Nro de Expediente:
2021-3230-98-000323
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/4/2021


Tema:
AUTORIZACION MESAS Y SILLAS

Resumen:
Autorizar con carácter precario y revocable, a la firma OTADELER S.A., RUT 218 751 260 016, a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, ocupando 3.6 metros cuadrados, frente al local de la calle Acevedo Díaz Nº 1269/002. Plan ABC

Montevideo, 15 de Abril de 2021.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de autorización para la instalación de mesas y sillas en la via pública;
    RESULTANDO: 1º) que la firma OTADELER S.A., RUT 218 751 260 016, propietaria del establecimiento que gira en el ramo de gastronomía en el local de la calle Acevedo Díaz Nº 1269/002, presentó solicitud ante el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2, para que se la autorice a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, ocupando 3.6 metros cuadrados;
    2º) que según informa el mencionado Servicio, la nombrada debería pagar mes a mes, como contraprestación, el importe de U.R. 1.80 (Unidades Reajustables uno con ochenta centésimos);
    3º) que solicitan ampararse en la Resolución 0235/21 literal c) en el marco del Plan ABC (beneficios ante emergencia sanitaria COVID 19) por la cual correspondería la exoneración del 50% del pago del precio;
    4º) que durante la vigencia del Plan ABC, el monto a abonar será de U.R. 0.90 (Unidades Reajustables cero con noventa centésimos);
    5º) que la autorización de mesas y sillas está condicionada a:
    a) la presentación en un plazo de 5 (cinco) días a partir de la notificación de un seguro de responsabilidad civil y el depósito de garantía equivalente a 3 (tres) meses del importe mensual fijado en el numeral 2;
    b) al cumplimiento de lo dispuesto por Res. IM 19/20 art. 1º de 09.01.2020, los horarios de uso definidos de Abril a Octubre: Domingos a Jueves hasta la hora 24, Viernes, Sábados y vísperas de feriados no laborables hasta la 1:30 de la madrugada siguiente; de Noviembre a Marzo: Domingos a Jueves hasta la hora 1 de la madrugada siguiente, Viernes, Sábados y vísperas de feriados no laborables hasta las 2:30 de la madrugada siguiente, pudiendo revocarse la autorización de referencia en caso de no respetar la normativa;
    6º) que durante los meses que se mantengan las disposiciones por emergencia sanitaria debido al COVID-19, rige lo dispuesto en Resolución 1350/20 (mesas para un máximo de hasta 4 personas, la distancia entre sillas no debe ser menor a un metro, la distancia entre mesas no debe ser menor a dos metros);
    CONSIDERANDO: 1º) Que la petición se ajusta a las previsiones del Tít. I, Cap. II, Secc. VII -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS, SILLAS Y BANCOS EN LAS ACERAS”- del Lº X, Parte Legislativa, del Vol. X del Digesto Departamental, y del Capítulo IX -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS Y SILLAS CON O SIN ENTARIMADO EN LAS ACERAS Y CALZADAS”- del Tít. III de su Parte Reglamentaria;
    2º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    3º) Que la suma relacionada en el Resultando 2º) es correcta, estableciendo el art. R.1288.43, lit. a), del cit. Vol. X del Digesto Departamental, y el art. 332, lit. a), del TOTID, que por la instalación de mesas y sillas en la acera sin entarimado se abonará mensualmente el importe de U.R. 0.50 por metro cuadrado;
    4º) Que se estima conveniente disponer que el pago de los derechos se haga efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes;
    5º) Que el Concejo Municipal - Municipio B ha prestado su conformidad al progreso de la petición en examen;
    6º) Que los Gobiernos Municipales se encuentran provistos de competencia para decidir solicitudes como la de autos, de acuerdo con la Ley Nº 18.567 y los Decretos Departamentales Nos. 33.209 y 33.322 y, especialmente, el num. 1º, ap. VIII, de la Resolución Nº 3642/10, de 9 de agosto de 2010;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Autorizar con carácter precario y revocable, a la firma OTADELER S.A., RUT 218 751 260 016, a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, ocupando 3.6 metros cuadrados, frente al local de la calle Acevedo Díaz Nº 1269/002, donde se ubica el establecimiento de su propiedad, que gira en el rubro gastronómico, condicionado: a) a la presentación en un plazo de 5 (cinco) días a partir de la notificación de un seguro de responsabilidad civil y el depósito de garantía equivalente a 3 (tres) meses del importe mensual fijado en el numeral 2; y al cumplimiento de lo dispuesto por Res. IM 19/20 art. 1º de 09.01.2020, los horarios de uso definidos de Abril a Octubre: Domingos a Jueves hasta la hora 24, Viernes, Sábados y vísperas de feriados no laborables hasta la 1:30 de la madrugada siguiente; de Noviembre a Marzo: Domingos a Jueves hasta la hora 1 de la madrugada siguiente, Viernes, Sábados y vísperas de feriados no laborables hasta las 2:30 de la madrugada siguiente, pudiendo revocarse la autorización de referencia en caso de no respetar la normativa.-
    2.-Fijar en la suma de U.R. 0.90 (Unidades Reajustables cero con noventa centésimos), el importe a pagar en concepto de derechos de ocupación, que se hará efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes, durante la vigencia del Plan ABC.-
    3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General, y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para la notificación a la interesada y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Rosauro San Román,Concejal Municipal