Resolución N° 418/23/0112
Nro de Expediente:
2022-3230-98-000156
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/11/2023


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los propietarios del padrón Nº 144 sito en la calle La Paz Nº 1538.

Montevideo, 16 de Noviembre de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle La Paz Nº 1530;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) con fecha 04/07/2022 se realizó inspección en la calle La Paz Nº 1530, se trata de un local comercial donde se constatan humedades generalizadas en muro medianero y otros muros interiores. Desde el entrepiso se observa manchas de humedad aparentemente por filtraciones de la azotea vecina. Las manchas presentan desprendimiento de pintura y coloración amarronada. En el baño de la planta baja se observa los muros revestidos y revocados con arena y portland y la losa del techo afectada por filtraciones con desprendimiento de pintura y revoque. Desde una de las ventanas del local lindero ubicado en el padrón Nº 145, se observa que el mismo está a cielo abierto y el muro medianero está expuesto a lluvias y demás afectaciones climáticas, se presume que dichos trabajos fueron realizados sin permiso de construcción por lo que corresponde intimar al propietario del padrón Nº 145 sito en la calle La Paz Nº 1538 a realizar las reparaciones necesarias a efectos de eliminar las causas que originan la patología que afecta las condiciones de habitabilidad de la finca inspeccionada y asimismo presentar permiso de construcción;
    b) con fecha 07/12/2022 se realizó nueva inspección en la calle La Paz Nº 1530, constatando en similares condiciones las afectaciones informadas en inspección de fecha 04/07/2022. Se ingresa al local lindero, padrón Nº 145, donde se visualiza que están en obra, techando algunas zonas de forma precaria. La pared afectada se encuentra sin techar ni impermeabilizar, se presume que existía un cerramiento horizontal que en algún momento fue quitado. Por lo que se sugiere verificar si existe permiso de construcción aprobado y en caso negativo proceder a iniciar actuaciones por OSP y realizar inspección correspondiente para evaluar en formulario existente a tales efectos y asimismo aplicar la sanción correspondiente a los propietarios del padrón Nº 144 sito en la calle La Paz Nº 1538;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los propietarios del padrón Nº 144 sito en la calle La Paz Nº 1538, Sras. BEATRÍZ y GRACIELA RABELLINO BUZZINI, C.I. 1.297.072-0 y 1.296.827-4 respectivamente, ambas con domicilio a efectos legales en la calle SIRACUSA Nº 2220, Sres. RICARDO y ANDREA RABELLINO BUZZINI, C.I. 1.800.617-9 y 1.907.432-7 respectivamente, ambos con domicilio a efectos legales en la calle JUAN PAULLIER Nº 1679/001, Sra. DIANA ROMUALDA RABELLINO GOÑI sin más datos y Sr. TELMO JOSÉ IGNACIO RABELLINO AIRALDI (no surge documencto de identidad), con domicilio a efectos legales en la calle JUAN PAULLIER Nº 1677 por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal